declara INCOMPETENTE para seguir conociendo de la demanda de estimación e intimación de honorarios profesionales intentada por el ciudadano FERNANDO RONDON LOPEZ contra el ciudadano DONATO DE ANGELIS, ambos identificados en el encabezado de la presente decisión.
Como consecuencia de la declaratoria anterior, se declara COMPETENTE para conocer de la señalada demanda al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que resulte competente luego del sorteo que deberá realizar la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.