PRIMERO: Se designa como curador de la referida sucesión al ciudadano RAMÓN C. APONTE CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 510.802 a quien se ordena notificar a fin de que manifieste su aceptación o excusa al cargo dentro de las veinticuatro horas siguientes a su notificación. En caso de que acepte, estará obligado a proveer la conservación y administración de los bienes hereditarios, consistentes en un quinto del apartamento distinguido con el No. 1-A, en el edificio denominado "URIMAN", construido sobre una parcela de terreno situada en la calle Sur 7, entre las esquinas de Socarrás a Corazón de Jesús, hoy avenida Fuerzas Armadas de esta ciudad de Caracas.