este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ordena REPONER ESTA CAUSA al estado de practicar la notificación del Ministerio Público, declarando nulo todo lo actuado en este proceso con posterioridad al auto de admisión de la demanda dictado en fecha 11 de junio de 2009.
Ahora bien, a los fines de la elaboración de la referida boleta de notificación al fiscal del Ministerio Público, se insta a la parte actora a suministrar los fotostatos correspondientes y una vez conste en autos los mismos, el Tribunal procederá a librar dicha boleta de notificación.