Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la estimación e intimación de honorarios profesionales de abogado en contra del condenado en costas, intentada por vía incidental por los abogados LUIS GERARDO ASCANIO ESTEVES y CRISTINA ALBERTO PEÑA en contra de la sociedad mercantil PHILLIPS MEDICAL SYSTEMS B.V., todos identificados en el encabezado de la presente decisión.
Vista la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado 2º de 1era Ins. C.M.T.B. En la Ciudad de Caracas, a los 27 de octubre de 2015. 205º y 156º.
El Juez,
Abg. Luís R. Herrera G.
El Secretario,
Abg. Jonathan Morales
.....