PRIMERO: declarar PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoada por la ciudadana MARIELA GONZÁLEZ de AGRELLA contra la ciudadana NELLY TORRES de ROJAS;
SEGUNDO: como consecuencia de la anterior declaración, se condena a la ciudadana NELLY TORRES de ROJAS, al pago de los intereses generados por la cantidad de UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 1.800.000,oo) entregada por la ciudadana MARIELA GONZÁLEZ de AGRELLA en calidad de depósito, calculados desde el 05 de diciembre de 2001, oportunidad de inicio de la relación locativa, hasta el 01 de mayo de 2005, fecha de vencimiento de la prórroga legal, a la tasa pasiva promedio de los seis (06) principales entes financieros según la información publicada por el Banco Central de Venezuela. Se acuerda la liquidación de dicha suma mediante una experticia complementaria del fallo de acuerdo a lo previsto en los artículos 249 y 455 del Código de Procedimiento Civil, por un solo experto;
TERCERO: declarar PARCIALMENT.....