DECLARA las presentes actuaciones, TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de los ciudadano JOSE DE ABREU COSTA y MARISELA PESTANA de DE ABREU, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.195.912 y V-12.419.391, sobre las bienhechurías descritas en la solicitud. Cumplidas como han sido las presentes actuaciones devuélvase los originales a su solicitantes, previa su anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y una vez conste haberse hecho la respectiva certificación de todo lo actuado.