Resulta forzoso para quien suscribe declarar Improcedente la solicitud de reposición efectuada por los representantes judiciales de la parte demandante por cuanto se concluyó en que a partir de la constancia en las actas del expediente de la partida de defunción de alguno de las partes, el proceso queda de pleno derecho en suspenso, hasta tanto de logre la citación de los herederos conocidos y la publicación de los edictos dirigido a los herederos desconocidos, en el caso de marras, todos los pasos se han materializado, toda vez que una vez se suspendió el juicio en la oportunidad legal correspondiente, se procedió a la publicación de los edictos a los herederos desconocidos que concluyo con la designación de defensora judicial a los mismos, y mediante el escrito de fecha 30 de mayo del año en curso los herederos desconocidos han quedado citados y a derecho en el presente juicio.