Declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO fundada en la causal segunda del artículo 185 del Código Civil, intentada por la ciudadana CIRA JULIETA ASCANIO contra CARLOS EDUARDO MARRERO MIJARES, ambos suficientemente identificados en el encabezamiento de esta decisión. En consecuencia:
1) Se declara DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los cónyuges litigantes, que nació por el matrimonio que celebraron entre ellos en 27 de diciembre de 1954, extendida en los Libros de Matrimonios llevados por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Libertador del Distrito Federal, bajo el No. 359, año 1954.
2) Se declara la EXTINCIÓN de los derechos-deberes conyugales.
3) Se declara la EXTINCIÓN del régimen de comunidad en los bienes.
Se condena en costas al demandado.
Publíquese, regístrese, notifíquese y déjese copia.