en vista de las diversas actuaciones antes transcritas, ordena:
PRIMERO: Oficiar al Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción, a los fines de que informe a este Juzgador de los movimientos que mantuvo el dinero de la fallida, el cual fue recibido en ese Juzgado en 04 de octubre de 2.007, y remitido a este Juzgado con oficio sin número, en fecha 26 de junio de 2.009, mediante cheque de gerencia No. 00003836, por un monto de UN MILLON SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE BOLIVARES CON VEINTICINCO CENTIMOS (Bs. 1.759.659,25), asi como los respaldos de dichos movimientos.
SEGUNDO: Oficiar al Banco de Fomento Regional Los Andes (banfoandes), a fin de que proceda a incluir en el registro de firmas autorizada al ciudadano DRUMAR RAFAEL GUAINA, titular de la cédula de identidad No. 3.955.498, inscrito en el Inpre-abogado bajo el No. 22.102, y retire de esa institución bancaria, previa autorización de.....