Se negó la petición efectuada por el abogado Guillermo Malaver Caraballo, en su condición de apoderado judicial de la parte actora. Se SUSPENDIÓ EL EMBARGO EJECUTIVO decretado en fecha 21 de junio de 2006, y practicado por el Juzgado Primero de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 10 de julio de 2006, y participado al Registro respectivo por oficio Nº 250-06, de fecha 10 de julio de 2006. En consecuencia, se ordenó oficiar al Registro Inmobiliario del Primer Circuito del Municipio Sucre del Estado Miranda, participándole la suspensión de la medida, a los fines de que estampe la nota marginal correspondiente.-