Se dictó sentencia interlocutoria mediante la cual se declaró Medida de Embargo Ejecutivo, sobre bienes muebles o inmuebles propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de Bs. 1.941.541,68, que corresponde al doble del capital adeudado, más los intereses compensatorios, moratorios y las costas; y si la medida recayera sobre cantidades Liquidas la cantidad de Bs. 1.441.541,68, que corresponde el capital adeudado, más los intereses compensatorios, moratorios y las costas; así mismo se ordenó para la práctica de la medida librar despacho-comisión y remitir al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial a quien corresponda por distribución para que lleve a cabo la practica de la medida decretada.