Se HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN efectuada por la Sociedad Mercantil BANCO DEL TESORO, C. A. BANCO UNIVERSAL, parte actora en la presente causa y la Sociedad Mercantil INTELRAD C. A., parte demanda en la presente causa, todos plenamente identificados en el encabezamiento de esta decisión, en los términos contenidos en la misma. Finalmente, la transacción realizada en los límites señalados, procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo previsto en el artículo 255 del Código Civil Adjetivo. Vista la naturaleza de la presente sentencia no hay expresa condenatoria en costa.