Se HOMOLOGA el DESISTIMIENTO de la demanda, efectuado por la parte actora, en el juicio que por Cumplimiento de Contrato sigue la ciudadana CAROLINA DEL VALLE CORONADO, contra la Sociedad Mercantil ARRENDADORA SIMONPIETRI, C.A., (plenamente identificados en el encabezamiento de esta decisión), en los términos contenidos en el mismo. Asimismo se ordena la devolución de los documentos originales que corren insertos en los folios Nros. 16, 17, 32 al 41, previa certificación de los fotostatos necesarios. La Secretaría suscribirá lo mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Finalmente, el desistimiento ejercido como en sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del citado cuerpo legal.