Se acuerda Suspender la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 30 de octubre de 2006, sobre el bien inmueble perteneciente a la ciudadana DILIA DEL VALLE PIAMO DIAZ, parte co-demandada y participada al Registrador de la Oficina Inmobiliaria del Cuarto Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital, mediante oficio Nº 9920, fecha 15 de noviembre de 2006, la cual pesa sobre el bien inmueble que se identifica a continuación: "Un apartamento distinguido con el Nº 0405, ubicado en el bloque 9, edificio 1, piso 4, Urbanización San Andrés II, Parroquia El Valle, Municipio Libertador, Distrito Capital."