HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN efectuada por los abogados José Benitez y Zuleima Hernández, quienes actúan como apoderados de la parte demandada, por una parte, y por la otra, el abogado Antonio Tauil, quien representa a la parte actora, todos identificados en el encabezamiento de esta decisión, en los términos contenidos en la misma. Finalmente, la transacción realizada en los límites señalados, procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo previsto en el artículo 255 del código civil adjetivo.