Este Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley imparte la HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMIENTO, realizado por la parte demandada en fecha 18 de julio del año 2012, teniendo tal convenimiento carácter de cosa juzgada. Respecto de la suspensión de la medida peticionada, este Juzgado se pronunciara por auto separado.