PRIMERO: declarar CON LUGAR la solicitud de interdicción judicial promovida por la ciudadana ANA JUANA PERAZA DE LOPEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-3.537.852, contra la ciudadana ALEUZENEV VIET LOPEZ PERAZA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y portador de la cédula de identidad No. V-11.268.127;
SEGUNDO: como consecuencia de la anterior declaración nombrar, con el carácter de TUTORA DEFINITIVA de la mencionada entredicha, a su a su madre, ciudadana ANA JUANA PERAZA DE LOPEZ y Protutor y Suplente del Protutor a las ciudadanas ROSA PERAZA ROJAS y EMILI MENESES DE OSORIO, y para componer el Consejo de Tutela se designa a los ciudadanos AURA BELEN RAMOS ROJAS, AURA ROJAS DE RAMOS, OLIYIL MATHEUS y YOLEIDA OMAÑA, a quienes se ordena citar para que comparezcan al segundo (2º) día de despacho siguiente después que conste en autos su citación, a las once de la mañana (11:00 a.m.) para que manifiesten su aceptación al cargo.....