Al pago de las costas y costos calculados prudencialmente en un veinticinco por ciento 25% del monto de la demanda, lo cual asciende a CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS BOLIVARES CON 75/100 CENTIMOS (BS. 48.832,75). Se le advierte que dentro del mismo lapso podrán formular su oposición y que no habiendo oposición, se procederá a la ejecución forzosa del decreto. Líbrese las correspondientes boletas de intimación con su orden de comparecencia al pie, a los fines de practicar las intimaciones acordadas.-