Se dictó decisión mediante la cual se declaró INADMISIBLE la presente demanda por PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA interpuesta por la ciudadana MARTHA ELENA CLAVIJO DE AGUDELO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 11.024.693, asistida por el Abogado GUEIBE RICHART TORRES VILLALBA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 136.790; contra los Herederos Conocidos y Desconocidos del De Cujus MARIA TERESA BORGES DE TOVAR, quien era venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V.- 943.361.-