En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CONVERSION DE SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES EN DIVORCIO, solicitada por los ciudadanos: GUSTAVO ALEJANDRO RINCON CALDERÓN y FRANCIS YELITZA AVILA ampliamente identificados.
En consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL existente entre ellos, contraído ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Chacao, del Estado Miranda, según consta del Acta Nro.585.