Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente acción de Amparo Constitucional interpuesta por la sociedad mercantil MERCANTIL GÓMEZ C.A., plenamente identificada en el encabezamiento de la presente decisión, ejercida en contra de la JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO SOCAMARA, y en consecuencia, ordena la inmediata restitución de la situación jurídica infringida, mediante la entrega de las llaves que le permitan a la accionante el acceso a las áreas comunes donde se encuentran ubicados los contadores de los servicios públicos de agua, luz y teléfono.
De conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica Sobre Derechos y Garantías Constitucionales se condena en costas.....