Se dictó Decisión mediante la cual se declaró PRIMERO: SIN LUGAR, la Cuestión Previa, contenida en el Artículo 346 Ordinal 6to, relativa al defecto de forma de la demandada, por no llenar los requisitos del Artículo 340 ordinal 7mo, en cuanto a la especificación de los daños y perjuicios demandados; opuesta por la Abogada Maribel Lucrecia Toro Rojas, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte codemandada, Ciudadano Domingo Uzcátegui Pérez.-SEGUNDO: Se condenó en costas a la parte co-demandada Ciudadano Domingo Uzcategui Pérez, de conformidad con lo establecido en los artículos 276 y 280 de Código de Procedimiento Civil, en el Juicio que por Cobro de Bolivares, sigue BANPLUS ENTIDAD DE AHORRO Y PRÉSTAMO, C.A., contra Sociedades Mercantiles HOTELAMER, C.A.; INVERSIONES 9996,C.A; CONSTRUCCIONES HIDRÁULICAS VENEPOL C.A., e INVERSIONES MARUZZ 22, C.A., y los Ciudadanos DOMINGO UZCATEGUI PÉREZ, y MIGUEL ENRIQUE UZCATEGUI MARIN.-