DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la Cuestión Previa contenida en el ordinal 1º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, referente a la litispendencia, opuesta por el Abogado Elonis López Curra, Inpreabogado Nº 16.771, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demanda, Sociedad Mercantil AKERE ENERGY, C. A. SEGUNDO: SIN LUGAR la Cuestión Previa contenida en el ordinal 3º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, referente a la falta de legitimidad de la persona que se presente como apoderado o representante del actor por no tener la representación que se le atribuya, opuesta por el Abogado Elonis López Curra, Inpreabogado Nº 16.771, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demanda, Sociedad Mercantil AKERE ENERGY, C. A. TERCERO: SIN LUGAR la Cuestión Previa contenida en el ordinal 6º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil referente al defecto de forma de la demanda, por no haberse llenado en el libelo los requisitos que indica el Artículo 340.....