En relación a las testimoniales promovidas en le Capitulo III, este tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código de Procedimiento Civil y por cuanto no es manifiestamente ilegal o impertinente, la admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, en consecuencia se fijan las siguientes oportunidades:
- Carlos Eduardo Paradise, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.181.982, se fija a las Diez de la Mañana (10:00 a.m.) del Tercer (3er.) día de Despacho siguiente a la constancia en autos de la última notificación que de las partes se haga.-
- Maria Luisa Berrizbeitia, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.300.024, se fija a las Once de la Mañana (11:00 a.m.) del Tercer (3er.) día de Despacho siguiente a la constancia en autos de la última notificación que de las partes se haga.-
- Carolina Moreno, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.418.54.....