DECRETA MEDIDA INNOMINADA en los siguientes términos: PRIMERO: se ORDENA, a la Sociedad Mercantil EMBOTELLADORA TEREPAIMA, C.A., debidamente inscrita por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en loo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 04 de Diciembre de 1964, anotado en el Libro de Comercio Nro. 255, llevado por el referido Juzgado, el cese de cualquier actividad, como importación, comercialización, distribución, publicidad, difusión, y cualquier otra que no este autorizada por los órganos jurisdiccionales, que suponga una infracción del derecho de acción que detenta el Ciudadano JUAN AGUSTÍN PÁEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. V- 2.770.287, sobre la marca DUMBO, también conocida como KOLA DUMBO o COLA DUMBO.- SEGUNDO: se ORDENA a la Sociedad Mercantil EMBOTELLADORA TEREPAIMA, C.A., debidamente inscrita por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en loo Civil, Mercantil y del Tránsito .....