DECISION
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, de conformidad con el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil y, por ende, CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO fuera incoada por BANCO MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL, contra la ciudadana RINA ANYELIS GONZALEZ MEJIAS. En consecuencia se condena a la demandada: a) a pagarle a la actora la cantidad de DIEZ MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES BOLÍVARES CON CINCUENTA CÉNTIMOS (Bs. 10.683,50), por saldo de capital de la obligación; y b) la cantidad de OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES BOLÍVARES CON NOVENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 863,91), por concepto de intereses caídos hasta el día 13 de febrero de 2008;.....