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Decisiones del dia 10/03/2015

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Sexto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AH16-X-2015-000011 N° Sentencia : PJ0062015000079 Fecha: 10/03/2015
Procedimiento:
Medida Cautelar
Partes:
CELSO ALBERTO ARDILA RODRÍGUEZ Y ALFONSO ENRIQUE QUINTERO VS PLAVICA VEN, C.A..-
Resumen:
Este Tribunal DECRETA: Medida Cautelar de Secuestro de conformidad con lo establecido en el Ordinal 2° del Artículo 599 del Texto Adjetivo Civil, sobre los inmuebles siguientes: Dos (02) locales comerciales identificados como local 5, ubicado en la planta baja y el local 6, ubicado en la mezzanina, ambos del Edifico Java, situado en la Av. Sur 4, Puente Soublette, Parroquia Santa Teresa del Municipio Libertador del Distrito Capital. De igual forma se ordena comisionar amplia y suficientemente al JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS PREVENTIVAS Y EJECUTIVAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, que corresponda previa Distribución de Ley, a los fines de que se sirva practicar la Medida de Secuestro decretada mediante la presente decisión, designar depositaria judicial de los inmuebles objeto de la presente medida y deposito de bienes muebles que pudieran encontrarse en los mismos, perito avaluador del inmueble o cualquier otro auxiliar si fuere ne.....
Juez/Ponente:
Luis Leon
Organo:
Juzgado Sexto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : AH16-S-2006-000057 N° Sentencia : pj0062015000078 Fecha: 10/03/2015
Procedimiento:
Rectificación De Partida
Partes:
Resumen:
Este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Ordinal 1° del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo pautado en el Artículo 270 eiusdem, con la consecuencia establecida en el Artículo 271 ibídem, es decir, que no podrá intentarse de nuevo la demanda antes de que transcurran noventa (90) días continuos después de verificada la perención. SEGUNDO: NO SE CAUSARON costas en este asunto dada la naturaleza del fallo, a tenor de lo establecido en el Artículo 283 del Código Adjetivo Civil.
Juez/Ponente:
Luis Leon
Organo:
Juzgado Sexto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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