este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ha decidido:
PRIMERO: DECLARA NULAS todas las actuaciones ocurridas en el juicio a partir del día fecha 16-05-2013, inclusive, y se REPONE LA CAUSA al estado de que la parte actora verifique lo señalado en la nota dejada por el secretario en la referida fecha, por cuanto aparecen dos direcciones para la practica de la citación de la parte demandada.
SEGUNDO: NO HAY expresa condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.