este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO Intentada por los ciudadanos RAQUEL ODREMAN CRISTAKOS Y JUAN JOSÉ GUEVARA RAMÍREZ, en contra de las ciudadanas EDYLIG MARIA BORGES GALINDO Y ÁNGELA MILANO BOZA, conforme a los lineamientos explanados en el fallo.
SEGUNDO: SE CONDENA en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente vencido en el presente proceso.
TERCERO: SE ORDENA la notificación de las partes por cuanto el presente fallo se dicta fuera del lapso legal correspondiente.