DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado NESTOR LUIS CASTILLO ACUÑA en fecha 07 de agosto de 2008 contra la sentencia que fuera proferida por la recurrida en fecha 25 de marzo de 2008. SEGUNDO: La CONFESIÓN FICTA de la parte demandada por llenarse los extremos del artículo 362 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO fuera incoada por el ciudadano ALFREDO STORTINI CORRADI y la sociedad mercantil MARQUETERIA Y VIDRIERA EL SAMAN, S.R.L. En consecuencia, se ordena a la parte demandada a hacer entrega material libre de personas y bienes a la parte actora, el inmueble constituido por el local comercial, signado "A" del Edifici.....