este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: FIRME EL DECRETO INTIMATORIO dictado por este Órgano Jurisdiccional en fecha 20 de febrero de 2013, en ocasión a la demanda de intimación que interpuso el ciudadano LUIS G. HERNANDEZ C., abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 27.040, actuando como Endosatario en Procuración de una letra de cambio librada a la orden de la firma mercantil DISTRIBUIDORA DE ALIMENTOS DEL CAMPO 1220, C.A., en contra de la Firma Mercantil CETI SERVICES, C. A., y los ciudadanos MARIANELLA CELLINI PEREZ y CESAR TIBERI CIAMPOLI, todos plenamente identificados en este fallo, por cuanto la parte demandada no ejerció oposición alguna contra el mismo dentro del lapso legal establecido para ello; en consecuencia se tiene como s.....