Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL BANCARIO CON COMPETENCIA NACIONAL Y SEDE EN LA CIUDAD DE CARACAS ( EN TRANSICIÓN), Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo estatuído en los artículos 12, 242, 243 del Código de Procedimiento Civil , en concordancia con los artículos 1277 , 1863 y 1864 del Código Civil, DECLARA: CON LUGAR la demanda incoada por BANCO DEL CARIBE, C.A., BANCO UNIVERSAL, contra REPRESENTACIONES ALEX`S C.A y la ciudadana ZENAIDA CHIQUINQUIRA PIRELA GONZALEZ, todos identificados en la primera parte de ésta decisión. En consecuencia se declara la inexistencia y sin efecto jurídico alguno el Documento de Compra-Venta suscrito entre REPRESENTACIONES ALEX`S C.A y la ciudadana ZENAIDA CHIQUINQUIRA PIRELA GONZALEZ sobre un inmueble constituido por una parcela de terreno propio y la edificación de una planta con un área de mezzanina y el área descu.....