Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO SIN LUGAR la demanda de divorcio incoada por RANIERI RICARDO AMBROSIO DEL MEDICO contra GLAUDELIS DEL VALLE VEGAS ALCALA, ambos identificados en la primera parte de la presente decisión. SEGUNDO DISUELTO el vínculo matrimonial que une a las partes de este proceso, celebrado en fecha 15 de noviembre de 2012, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Baruta del Estado Miranda, según consta del Acta Nro. 217.
Se exime de costas a las partes.