Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por la abogada Adriana de Abreu Macedo, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada-reconviniente contra la sentencia dictada en fecha 09 de marzo de 2009, por el Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y como consecuencia de ello REVOCA la misma bajo la motivación expuesta ut supra. SIN LUGAR la pretensión de cobro de bolívares esgrimida por la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LAS RESIDENCIAS "OFIR", contra la ciudadana BELGICA MARIA FERNÁNDEZ DE ROSARIO. SIN LUGAR LA RECONVENCIÓN propuesta por la ciudadana BELGICA MARIA FERNÁNDEZ DE ROSARIO contra la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LAS RESIDENCIAS "OFIR".
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