Este TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL BANCARIO CON COMPETENCIA NACIONAL Y SEDE EN LA CIUDAD DE CARACAS (EN TRANSICIÓN), administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, conforme a los estatuado en los artículos 12, 242, 243 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 70 de la Ley de Hipotecas Mobiliarias y Prenda Sin Desplazamiento de Posesión,
declara:
1) se revoca la designación del ciudadano OSCAR EMILIO MARJAL FUENMAYOR, como perito avaluador, ordenándose el CESE INMEDIATO en sus funciones.
2) ORDENA LA CESACION INMEDIATA DE LAS FUNCIONES DEL CIUDADANO PEDRO ARGENIS RIVAS RICO,
3) ORDENA AL DEPOSITARIO, BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, suministre los equipos necesarios para desmontar la maquinaria objeto de secuestro, descritas en el despacho, o a quien en su defecto éste delegue, siempre que cuente con los medios necesarios y con las técnicas pertinentes, para el desmontaje, tras.....