Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la defensa de fondo de caducidad esgrimida por la representación judicial de la parte demandada. SEGUNDO: SIN LUGAR la pretensión de cumplimiento de contrato y daños y perjuicios incoada por la ciudadana CELIA LA NEVE contra MAPFRE LA SEGURIDAD, C.A. DE SEGUROS. TERCERO: En aplicación del artículo 274 del Código de Procedimiento Civil se condena costas a la parte accionante por haber resultado totalmente vencida.