En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Séptimo en Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: INCOMPETENTE POR LA CUANTÍA para conocer de la presente demanda por ACCIÓN DE REINTEGRO, que incoaran los ciudadanos CHOW CHAO SI LAN y YEUNG CHAN YIU CHAN, contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES GRUPO TEIXEIRA, C.A., y como consecuencia de ello, se DECLINA LA COMPETENCIA de la causa en un Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que corresponda por distribución.
Segundo: Dada la naturaleza de la presente decisión no hay expresa condenatoria en costas.
Tercero: Regístrese, publíquese y déjese copia de la presente decisión.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Sépti.....