PRIMERO: Se declara el ABANDONO del trámite y, por ende, el DECAIMIENTO de la pretensión de amparo ejercida por la sociedad mercantil Sociedad Creaciones Isaoma, C.A., contra el Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ambas partes plenamente identificadas en autos.
SEGUNDO: En virtud del pronunciamiento anterior, se declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA; y, en consecuencia, TERMINADO el presente procedimiento de amparo constitucional, tal como lo disponen los criterios jurisprudenciales analizados en el cuerpo de la presente decisión.
TERCERO: Notifíquese a la accionante de la presente decisión.
CUARTO: Por la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas.