DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano LUIS ERNESTO MACHADO HERNANDEZ, en contra de la medida practicada en fecha 15 de diciembre de 2023, por el JUZGADO DECIMO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, todos plenamente identificados.
Segundo: Se ordena la restitución de la situación jurídica infringida, en consecuencia, se ordena restituir al ciudadano LUIS ERNESTO MACHADO HERNANDEZ, en el uso, goce y disfrute del inmueble constituido por una Casa Galpón No. 59-03, ubicado en la Calle de atrás de los Totumos, Sector Nuevo Prado El Cemen.....