PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos Ángel Guillermo Mijares Cedeño y Sahira Sarahi Rivero Gil, cónyuges, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-11.944.636 el primero y V-10.544.752, respectivamente, y, en consecuencia, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los une, el cual contrajeron el día quince (15) de Mayo de 1.998 por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Recreo, del Municipio Libertador del Distrito Federal según se desprende de Acta inscrita en los Libros de Registro Civil de Matrimonios bajo el N° 51, folio cincuenta y uno (51).
SEGUNDO: Se ordena participar de la presente sentencia a las autoridades competentes, una vez quede firme, a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del Código Civil venezolano, remitiéndoles copia certificada de esta decisión.