Este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE IN LIMINE LITIS la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por la abogada ERICA JOSEFINA MARAVER CARPIO, inscrita en el Inpreabogado Nº 222.337, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano DARWIN JHOEL MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, quien es venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-17.375.556, en contra del ciudadano DERWIN JAVIER GUERRA PACHECO, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-13.904.188.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el Artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, no hay especial c.....