Este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en la solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos Rene Alberto Álvarez y Clara Rosa Hernández, ya identificados, decide así:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos Rene Alberto Álvarez y Clara Rosa Hernández, cónyuges, venezolanos, mayores de edad Titulares de las cedulas de identidad Números V.- 3.969.025 y V-6.374.019, respectivamente, y en consecuencia, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los une, el cual contrajeron el día veintidós (22) de Julio de 1974, por ante la Prefectura del Municipio Libertador, Parroquia La Pastora del Distrito Capital.
SEGUNDO: Se ordena participar de la presente sentencia a las autoridades competentes, una vez quede firme, a los fines indicados en los artículo.....