Por los razonamientos antes expuestos, y de conformidad con lo establecido en el artículo 341 Ibidem, es forzoso para este Tribunal negar como en efecto formalmente NIEGA LA ADMISIÓN de la presente demanda, que por acción de Vía Ejecutiva, instaurara el Banco Industrial de Venezuela, sociedad mercantil domiciliada en Caracas, inscrita en principio por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, en fecha quince (15) de enero de 1938, bajo el N° 30 y posteriormente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha veintiuno (21) de Octubre de 1959, bajo el Nº 8, Tomo 40-A, cuya última modificación estatutaria quedó inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial Del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha cinco (05) de junio de 2001, bajo el N° 49, Tomo 38-A-Cto, en contra de la sociedad mercantil Propinan S.A., domiciliada en Cagua, Distrito Sucre del Estado Ar.....