en consecuencia , se acuerda primero expedir copia mecanografiada del acta de remate suscrita por ante este Juzgado en fecha diez (10) de agosto de 2010, y, asimismo SUSPENDE LA MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO, decretada por este Juzgado en fecha trece (13) de abril de 2010, y practicada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Acevedo, Brión, Buroz, Andrés Bello y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, y participada al respectivo registro según oficio numero 0000-1676 de fecha 28-04-2010, la cual recayó sobre los siguientes bienes inmuebles: "El lote de terreno de Trece Mil Ochocientos Cincuenta y Cinco metros Cuadrados (13.855, 00 M2), aproximadamente, y está comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Del Punto A al punto B en ciento treinta y siete metros con cincuenta y cuatro centímetros (137,54 Mts) con terreno propiedad del vendedor, del punto L-19 al punto L-14 en ciento veinte metros con ochenta y siete centímetros (120,87 Mts).....