Este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en Sede Constitucional, administrado justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, NIEGA LA ADMISIÓN de la pretensión de Amparo Constitucional deducida por el ciudadano Joaquín Briceño Cifuentes, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. 5.538.741.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la ciudad de Caracas, a los Diecinueve (19) días del mes de Mayo del año Dos Mil Nueve (2.009). Años: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
El Juez Temporal.,
Dr. César A. Mata Rengifo
La Secretaria Titular.,
Abg. Inés Belisario Gavazut
En la misma fecha, siendo las _______________________________________ (____.....