Consecuencia de las consideraciones precedentes, este Juzgado Octavo de primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio que por Acción de Cobro de Bolívares intentara el Instituto Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria "INAPYMI", adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Economía Comunal "MINEC", en contra de los ciudadanos José Alejandrino Bolaño, Cristóbal José Gutiérrez Pineda y Rogelio Gil Gómez, miembros del Consejo Corporativo de Administración, con el carácter de Presidente, Secretario y Tesorero, respectivamente, de la Asociación Cooperativa Queseros de Santa Lucía R.L.; y a los ciudadanos Wilmer Antonio Gutiérrez y Reyna Cecilia Torres González, en su carácter de Presidente y Vice-Presidente de la sociedad mercantil Palmillano, C.A., partes ya identificadas en esta sentencia, decide así:
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