Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento presentada por los ciudadanos Mahmoud Asaad Ismael y Lamz Suleiman de Asaad, quienes son venezolano y Siria, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-24.978.757 y E-82.090.348, respectivamente, asistidos por el ciudadano Carlos Mosquera Abelairas, abogado en ejercicio inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 15.509, en consecuencia; donde se lee: "ME HA SIDO PRESENTADA UNA NIÑA POR: MOHAMMAD ASAAD ISMAEL.", Debe leerse "ME HA SIDO PRESENTADA UNA NIÑA POR: MAHMOUD ASAAD ISMAEL", que es lo correcto; quedando así rectificada el Acta de Nacimiento de la ciudadana Esperanza Mahmoud Suleiman; la cual .....