Por todos los razonamientos Antes expuestos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide así:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR la RECUSACIÓN interpuesta por la Abogada en ejercicio Carla Seijas García, en contra de la Dra. Anna Alejandra Morales Lange, en su carácter de Juez Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por Cumplimiento de Contrato incoare el ciudadano Alberto Fioreti Vecchio, contra la empresa Organización Eco-Challenge, C.A. sustanciado en el expediente signado bajo el N° D-1964, de la nomenclatura de ese Tribunal.
SEGUNDO: Se CONDENA a la parte recusante, al pago de la suma de Dos Mil Bolívares (Bs. 2.000,00), según lo dispuesto en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil.-
Se ORDENA remitir .....