D E C I S I Ó N
Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por RETRACTO LEGAL, incoara la sociedad mercantil A.W. NAZCA S & S ADVERTISING, C.A., contra BANCO MARACAIBO, S.A.C.A., SOCIEDAD FINANCIERA FIVECA, C.A., BANCO LATINO, C.A., BANCO METROPOLITANO C.A., y SOCIEDAD FINANCIERA MARACAIBO, ampliamente identificados al inicio de esta decisión, DECLARA: CON LUGAR la Cuestión Previa opuesta por la representación judicial de BANCO LATINO, C.A., con fundamento en el ordinal 10º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, referente a la caducidad de la acción y consecuencialmente desechada la demanda y extinguido el presente juicio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 356 del Códi.....