Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la pretensión contenida en la querella interdictal de DESPOJO incoada por el ciudadano FREDDY RAFAEL SANTOS ACOSTA, contra la ciudadana YSABEL DÍAZ, ampliamente identificadas al inicio de esta decisión.